martes, 21 de marzo de 2017

Razones contra la transexualidad

Las leyes LGTBI que están promoviendo 11 comunidades autónomas, constituyen una seria amenaza para las libertades y derechos fundamentales. Además de un peligro para la salud, por el carácter contraproducente de las terapias de cambio de sexo, por ejemplo.
Una de ellas, la llamada “Ley integral del reconocimiento del derecho a la identidad y expresión de género” ha merecido un detallado informe, editado por la Universidad Católica de Valencia, y titulado Análisis de la Ley de Transexualidad promovida por la Generalitat Valenciana, en el que  nueve especialistas la estudian desde el punto de vista genético, médico, antropológico, jurídico y educativo, editado

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El equipo está coordinado por el doctor Justo Aznar, director del Instituto de Ciencias de la Vida, (y formado por Marta Albert, Enrique Burguete, Ginés Marco, M. Carmen Mateu, Oscar García, Alberto Serrano y Juan Andrés Talens y Julio Tudela)
Y ofrece una sólida argumentación que, con un tono aséptico y respetuoso, señala las deficiencias de la norma y  deja en evidencia su carácter injusto, falaz, y pernicioso.
Extractamos doce “por qués” (no textuales) del informe.

1.- Porque se nace varón y mujer y tal cosa no admite redefinición

La ley se basa en un error mayúsculo: creer que el sexo es modificable a voluntad. Cuando la ciencia ha demostrado que el sexo biológico es constitutivo del ser humano, está codificado genéticamente, no admite redefinición y afecta al desarrollo y constitución de todas sus características biológicas.
De manera que los intentos de reasignación de sexo no hacen más que modificar los caracteres anatómicos u hormonales, pero no el sustrato genético que codifica la masculinidad o femineidad. Consecuentemente el sexo biológico que se tiene en el nacimiento se mantiene inmutable durante toda la vida.

2.- Porque la ley niega que la masculinidad o feminidad sean inseparables de la persona

La Ideología de Género, que impregna esta ley parte de una falacia: creer que es posible disociar el sexo de la persona. Cuando antropológicamente el sexo es constitutivo de su persona y no una característica secundaria que pueda modificarse sin afectar a la identidad personal.
Esto es así porque la  persona es una totalidad unificada de cuerpo y alma. La masculinidad/feminidad (condición sexuada) es inseparable de la persona. No es un simple atributo sino un constitutivo esencial. Es su modo de ser, corresponde al núcleo íntimo de la persona y afecta a todas sus dimensiones corporales y espirituales.
La sexualidad binaria, masculina y femenina, tiene como fin la complementación de cada uno de los sexos con el opuesto, especialmente dirigida a la transmisión de la vida.

3.- Porque niega la evidencia científica: las diferencias sexuales son obvias nada más nacer

Tras el nacimiento, y antes de que el entorno pueda inclinar la balanza hacia uno u otro comportamiento sexual, se constata que hay una predisposición innata para un comportamiento social diferenciado por sexo en humanos. Tal comportamiento es independiente del  entorno  y  la  educación
Los bebés neonatos varones muestran un mayor interés en el móvil físico-mecánico, mientras que los neonatos hembras muestran un mayor interés en el rostro de su madre
Así, los bebés neonatos varones muestran un mayor interés en el móvil físico-mecánico, mientras que los neonatos hembras muestran un mayor interés en el rostro de su madre. Los resultados de esta investigación demuestran claramente que las diferencias sexuales son en parte biológicas en su origen (Connellan, Baron-Cohen,Wheelwright, Batkia, & Ahluwalia, 2000).

3.- Porque el sexo, en realidad, no se puede cambiar, simplemente se maquilla

La terapia hormonal, o la reasignación quirúrgica de sexo no solucionan el problema. Ya que la disforia de género (el trastorno psicológico que sufre una persona por la disconformidad entre el género que desea y aquel que le es asignado al nacer) no es un problema físico sino psicológico, posiblemente condicionada por una posible alteración cerebral.

4.- El cambio de sexo no transforma al varón en mujer o viceversa

No se cambia el sexo cromosómico, solo se maquilla, para que aparentemente sea el que el transexual desea, o sus familiares en caso de los niños (Moore, Wisniewski, & Dobs, 2003).
Es decir, esta terapia solamente trata de solucionar la expresión corporal del trastorno, pero no el trastorno cerebral en sí mismo.

El presidente de la Comunidad Valenciana, Ximo Puig / EFE
El presidente de la Comunidad Valenciana, Ximo Puig / EFE

5.- Porque no hace falta.

Los derechos de las personas con “disforia de género”, incluidos los referidos a la modificación de su identidad legal, ya son amparados por la legislación vigente, por lo que parte del articulado de la ley valenciana relacionada con la defensa de estos derechos resulta innecesario.

6.- Porque, en muchos casos, supone exponer a los menores al riesgo de suicidio

El cambio de sexo no es algo inocuo sino que está lleno de riesgos para la salud. La mortalidad es mayor en quienes se han sometido a cirugías de castración, mastectomía, mamoplastia, faloplastia o vaginoplastia, como constatan estudios como el realizado en el Instituto Karolinska de Estocolmo (Dhejne, Lichtenstein, Boman, Johansson, Långström, & Landén, 2011),
En dicho estudio se constata que la mortalidad total en el grupo de personas transexuales, tras la reasignación de sexo, era mayor que en los que no lo habían hecho, aproximadamente tres veces superior.
Lo más grave es que en las personas que han sido sometidas a una reasignación de sexo, tras la adolescencia, se detecta un índice de suicidios 19,1 veces más elevado que en el grupo control, al igual que el aumento de intentos de suicidio, alrededor de 5 veces mayor. Igualmente muestran mayores trastornos psiquiátricos que la población general.
Otro estudio (Grossman & D’Augelli, 2007), muestra que entre jóvenes transexuales de 16 a 24 años, en el 45% se objetiva tendencia al suicidio y en el 26% intentos de suicidio. Otros estudios confirman que los adultos con disforia de género pueden mostrar ansiedad o depresión (Wylie, Knudson, Khan, & Bonierbale, 2016) y también, tendencias suicidas o muerte por suicidio (Michel, Ansseau, Legros, Pitchot, & Mormont, 2002; Lundström, Pauly, & Walinder, 1984; Pauly, 1981).
La ley sólo ofrece la información de los partidarios de la ideología de género, y no aporta la literatura científica que no considera el sexo como una realidad cambiante

7.- Porque esta ley no propone sino que impone la transexualidad, ocultando información a los padres

La ley oculta interesadamente datos a padres y tutores de los menores: sólo ofrece la información de los partidarios de la ideología de género, y en ningún momento aporta la literatura científica y antropológica que no considera el sexo como una realidad fluida, indefinida o cambiante sino constitutiva del ser personal.
Imponer la divulgación y aceptación a todos los niveles de los postulados de género, como los postulados “normalizados” y,  en  cierto  modo  indiscutibles,  supone  una  injerencia  en  el  campo  de  las  libertades  individuales  inadmisible  en  una  sociedad avanzada.

marquesina LGTB Pais Vasco
Una de las marquesinas del País Vasco en las que se lee “niñas con pene, niños con vulva”

8.- Porque vulnera la patria potestad de los padres, sin argumentos científicos y con criterios poco sólidos

Las sanciones contra los padres y tutores que no autoricen el tratamiento de bloqueo hormonal de sus hijos, (pueden ser llevados ante el  juez) vulnera la libertad de educación y la patria potestad de los padres.
Máxime cuando esos tratamientos carecen de base científica y se basan únicamente en algo tan subjetivo e improbable como la autopercepción del menor.
Esos tratamientos implican que el  menor no adquiera las formas propias de  su  sexo,  que  no  le  cambie  la  voz  y  que  no  menstrúe  o  tenga  erecciones y eyaculaciones. Y esto, quiérase o no, es una “intervención”  sobre  la  identidad  natural  del  menor,  sobre  la  base  de   un criterio tan endeble como las sensaciones que experimenta en  una etapa caracterizada por la inmadurez.
Ni el Estado ni el Parlamento son quienes para reformulas las bases antropológicas de la educación

9.- Y en consecuencia, porque con esta ley el Estado suplanta a padres y educadores

El legislador, a través de este anteproyecto, decide unilateralmente, y sin contar con el criterio de los padres ni de los profesores, educar a nuestros hijos en una determinada teoría contraria a la realidad.
La posibilidad de elegir la formación concerniente a la identidad humana es parte del contenido esencial del derecho a la educación, y, por tanto, no entra dentro de lo que quepa decidir a ningún parlamento.
Como señala la Constitución (art. 27.3) pertenece, por sus obvias implicaciones morales y religiosas, a los padres.
Ni el Estado ni el Parlamento son quienes para reformulas las bases antropológicas de la educación. Apelar a los derechos de las personas transexuales es una excusa absurda, ya que éstas no tienen más ni menos derechos que los que heterosexuales.

10.- Porque desnaturaliza el sentido de la educación

La ley, siguiendo los postulados de la Ideología de Género, obliga a los menores a reinterpretar  la  realidad  con  criterios  subjetivistas,  y éstos por  definición son incompatibles con el conocimiento. La inclusión como  contenido  curricular  –con  sus  correspondientes  indicadores  de  evaluación– de una teoría  que reduce al alumno a su “ser para sí” y niega el carácter objetivo de su naturaleza, implicaría la renuncia a la educación como formación.

11.- Porque deslegitima a la familia, célula básica de la sociedad, y la pone bajo sospecha

Con esta ley, la familia constituida por un varón y una mujer que se unen en matrimonio queda deslegitimada jurídicamente hablando, atendiendo a dos razones:
Por una parte, la irrupción efectiva de una pluralidad de modelos y opciones de familia; y, por otra parte, las dudas que se ciernen sobre la institución familiar, sospechosa de desarrollar una violencia en su seno en caso de conflicto entre padres e hijos menores que quieran cambiar de sexo. En esos casos, la fiscalía de menores abriría diligencias informativas contra la familia en cuestión.

12.- Porque se trata de un proyecto totalitario que va más allá de los derechos de los transexuales

Lo que subyace en la ley valenciana no es una cuestión de mero reconocimiento de los derechos de las personas LGTBI en relación con la identidad y la expresión del género.
El alcance parece mucho mayor. Consiste en establecer sobre nuevas bases culturales, éticas y antropológicas, una nueva sociedad en la que las personas puedan construir su propia identidad de género de forma autónoma sin reconocer más vínculos con la naturaleza o con la sociedad que aquellos que hayan sido determinados por la propia voluntad individual
 http://www.actuall.com/familia/la-ley-transexualidad-valencia-falaz-injusta-peligrosa-la-salud-12-razones/

4 comentarios:

  1. hola susana yo tengo un sobrino nieto que le hicieron el cambio de sexo desde muy pequeñita ella daba sin hablar siquiera que no sabia si la madre le ponia un vestido ella le daba tirones, en fin yo creo que si se puede hacer el cambio de sexo ya que nacieron en un cuerpo equivocado es un tema importante, y delicado feliz tarde besitoss

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    1. Lo habitual es que los niños cambien de opinión a cada momento. Un beso.

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  2. Es un tema muy delicado de tocar Susana, pues hay opiniones diversas y en estos días el tema está muy candente.

    Besos.

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    1. Los casos reales de sexo indefinido no llegan al uno por mil. Un beso.

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